ASESORIA en Murcia <|> Expertos PYMES y Autónomos

asesoria consorcio

INGRESO MÍNIMO VITAL

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas y es por ello que tiene carácter indefinido.

¿En qué consiste el Ingreso Mínimo Vital?

Es una prestación no contributiva que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos y por tanto, se recibirá siempre que se cumplan unos determinados requisitos que se detallarán a continuación.

Salario-Minimo-Interprofesional-2018-SMI-768x576

Requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital establece una “renta garantizada” en todo el territorio nacional para todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
  • Edad: Tener entre 23 y 65 años, o 18 años si hay menores a cargo siempre que:
  • No estén unidas por vínculo matrimonial o pareja de hecho.
      • No formen parte de otra unidad de convivencia.
  • Residencia: Tener residencia legal en España y haberla tenido de forma continuada y no ininterrumpida durante, al menos, un año.
  • Independencia: Haber vivido independientemente al menos, un año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
  • Convivencia: Personas integrantes de una unidad de convivencia. Dicha unidad debe de haberse formado al menos un año antes de la solicitud.
  • Rentas: Carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficiente.
  • Inscripción: Si no están trabajando y son mayores de edad o menores emancipados, figurar inscritas como demandante de empleo.
  • Prestaciones: Haber solicitado las pensiones o prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente.
Se contemplarán algunas circunstancias especiales para colectivos como las personas víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género, que acreditarán esta condición a través de un informe emitido por los servicios sociales públicos.
Además, en el Reglamento de desarrollo de la Ley se establecerán excepciones también al requisito de inscripción como demandante de empleo.

¿De qué cantidad es el Ingreso Mínimo Vital?

La renta garantizada será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trata de una unidad familiar (compuesta por varios miembros que viven juntos y están unidos por un vínculo familiar), esta cantidad se incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional, adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 euros al mes. Además, para las familias monoparentales, se añade un complemento de 100€.
La cantidad percibida, por tanto, dependerá de los ingresos previos y se calculará según la diferencia entre los ingresos mensuales que tenga la persona o la unidad de convivencia y la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital.

¿Computa el gasto de alquiler de una vivienda?

Se podrá incrementar la cantidad a percibir en forma de Ingreso Mínimo Vital, cuando se acrediten gastos de alquiler de la vivienda habitual

¿Cada cuánto se cobra el Ingreso Mínimo Vital?

La prestación se percibirá mensualmente en 12 pagas.

¿Cuáles son las Compatibilidades e incompatibilidades?

El IMV es compatible con otras prestaciones siempre y cuando no se supere el límite establecido, pues no solo se dirige a personas sin ningún ingreso o a personas desempleadas, sino también a personas y hogares con mínimos ingresos y empleos precarios. Además, el IMV también será compatible con otras ayudas sociales, tales como becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares.

Límites a tener en cuenta

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19,también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.
Existen dos posibles casos:
      • Los ingresos totales del año anterior son inferiores a la renta garantizada anual según el número de personas que forman parte de la unidad de convivencia..Si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de esta cifra. Esto permitirá atender a las personas que se han visto afectadas por la crisis del COVID-19.

¿Cuál es el patrimonio máximo para poder percibirlo?

El patrimonio máximo permitido para poder tener derecho a percibir el IMV es de 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual.
El límite de patrimonio neto también aumentará según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia. Por ejemplo, para una persona sola el patrimonio máximo será de aproximadamente 16.000 euros, y para hogares con 4 o más personas podrá ser como máximo de aproximadamente 43.000 euros

Plazo para solicitarlo

Las solicitudes presentadas durante los tres primeros meses (hasta el 15 de septiembre de 2020) tendrán, si son aprobadas, efectos económicos desde el 1 de junio de 2020, siempre que los requisitos se cumplan en dicha fecha.
En caso de no cumplirlos en esa fecha, los efectos económicos se fijarán el día primero del mes siguiente a aquel en que se cumplan los requisitos.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social procederá a la resolución y notificación del procedimiento a la persona solicitante en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de entrada en su registro del expediente administrativo.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo.
El límite de patrimonio neto también aumentará según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia. Por ejemplo, para una persona sola el patrimonio máximo será de aproximadamente 16.000 euros, y para hogares con 4 o más personas podrá ser como máximo de aproximadamente 43.000 euros

Prestación menor a cargo

La Seguridad Social concederá de oficio el Ingreso Mínimo Vital a las familias beneficiarias de dicha prestación, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la Ley.

¿Es necesario acreditar los ingresos y el patrimonio del que se disponen?

No, esa comprobación la realizará de manera automática el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Primera consulta gratis

Suscríbete a nuestro boletín