NUEVAS SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO Y AUTOEMPLEO 2023
1.- Objeto:
Incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas, la contratación de trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción (Empleo), y las altas en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Autoempleo).
Rigen exclusivamente para el municipio de Murcia.
2.- Beneficiarios:
- Para contratación indefinida de personas desempleadas y contratación de trabajadores en situación de exclusión social (EMPLEO)
Pymes,micropymes, sociedades mercantiles, sociedades laborales, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, entidades sin ánimo de lucro, empresas de inserción y personas físicas (autónomos).
- Para la modalidad de AUTOEMPLEO
Personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social.
3.- Requisitos:
- Para la modalidad de EMPLEO
- Estar empadronadas en el municipio de Murcia.
- Estar en situación de desempleo.
- No haber tenido relación laboral con el empleador en los últimos 3 meses desde la fecha de formalización del contrato.
- Para la modalidad de AUTOEMPLEO
- Estar empadronadas en el municipio de Murcia.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT), con Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Murcia.
- No estar incurso en ningún supuesto del artículo 13 apartado 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
- Tener su domicilio fiscal o centro de trabajo en el municipio de Murcia.
4.- Cuantía:
- Contratos indefinidos a jornada parcial: 3.500 euros.
- Contratos indefinidos a jornada completa: 8.000 euros.
- Contratos temporales a jornada completa realizados por empresas de inserción: 3.500 euros.
- Alta en RETA (Régimen de Autónomos): 3.500 euros.
5.- Plazo:
Fecha de presentación hasta el 5 de Mayo de 2.023.
6.- Obligaciones:
- Mantenimiento de la actividad subvencionada durante un mínimo de 12 meses.
- Comunicar al órgano la obtención de cualquier otra subvención.
- Aportar documentación justificativa en el plazo de 3 meses contados a partir del día siguiente al cumplimiento de la obligación (12 meses).
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