OBLIGATORIEDAD DE LOS PROTOCOLOS DE ACOSO SEXUAL Y ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN LAS EMPRESAS
En el Real Decreto 901/2020 de 13 de Octubre se establecen una serie de protocolos de acoso sexual y acoso por razón de sexo en las empresas.
- DEFINICIÓN
El protocolo es un documento o manual de referencia que recoge un conjunto de procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual y/o por razón de sexo en el trabajo, dirigidos por un lado a la prevención de estas conductas en el entorno laboral y, por otro lado, a informar del procedimiento de actuación frente al acoso, así como las garantías para el tratamiento de denuncias o quejas.
Sirva como ejemplo medidas tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o de acciones de formación.
- OBLIGATORIEDAD
Están obligadas a establecerestos protocolos TODAS LAS EMPRESAS con independencia del número de personas trabajadoras que tengan. También existe la obligación de recibir una formación específica para toda la plantilla y en especial, para los miembros de la comisión instructora y de seguimiento que cada empresa (con independencia del sexo y número de trabajadores) debe tener, para el
personal directivo, mandos intermedios y representación legal de trabajadores y trabajadoras. Estas acciones formativas se realizarán, al menos, una vez al año.
- OBJETIVO
El objetivo de estas acciones es sensibilizar a las personas trabajadoras de la importancia de mantener un entorno laboral respetuoso con la libertad y la dignidad de las personas y fomentar valores de igualdad entre mujeres y hombres.
Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
Una empresa que promueve la tolerancia cero ante el acoso sexual y/o por razón de sexo debe:
- Informar al personal de los procedimientos previstos para presentar quejas o denuncias frente a las situaciones de acoso.
- Informar de las conductas que se consideran acoso sexual y/o por razón de sexo y de las sanciones que las mismas conllevan.
- Realizar acciones formativas periódicas, jornadas, campañas de sensibilización, etc. entre el personal de la empresa que incluyan declaración de principios e identificación de conductas constitutivas de ambos tipos de acoso, efectos que producen este tipo de comportamientos tanto en la persona acosada como en la sociedad, identificación de las medidas disciplinarias a aplicar frente a estas conductas abusivas y procedimiento para atender las quejas o denuncias que pudieran producirse, el cual queda previsto en el protocolo de la empresa.
- FASES DE CREACIÓN DEL PROTOCOLO
El protocolo se compone de las siguientes fases:
- Compromiso de todas las partes implicadas. (empresa y representantes de las personas trabajadoras)
- Diseño del protocolo.
- Elaboración del protocolo.
- Creación del canal de denuncia.
- Negociación del protocolo.
- Implantación del protocolo.
- Difusión del protocolo.
- Registro del protocolo (voluntario).
La duración del proyecto dependerá de la complejidad de la empresa y de las negociaciones y se prevé una duración aproximada de entre 1 y 3 meses.
El protocolo debe ser negociado entre la empresa y los representantes legales de las personas trabajadoras (Delegados de Personal, Comité de Empresa, Comité Intercentros,etc…).
- CONSECUENCIAS DE NO TENER UN PROTOCOLO
En el caso de que la empresa sufra una denuncia por una situación de acoso sexualy/o por razón de sexo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le solicitará las medidas que, en esta materia, la empresa tiene adoptadas o en su caso, el protocolo preventivo. En caso de no tener dicho protocolo, será la Inspección de Trabajo la que determine el grado y el importe de la sanción.
Más información
Bienvenido a Asesoría Consorcio, su asesoría en Murcia. Nos presentamos como una asesoría capaz de cubrir todas sus necesidades de representación legal y asesoramiento. Somos un equipo de profesionales altamente capacitados y dedicados a brindar servicios de calidad en áreas como contabilidad, fiscalidad, jurídico y mucho más.
Nuestras oficinas en Murcia centro (Avda Alfonso X) y Murcia Infante (Calle Pintor Pedro Flores) están abiertas para recibirle, y le aseguramos una atención personalizada y un servicio eficiente. Si tiene alguna pregunta o inquietud, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.
Este artículo ha sido creado por Asesoría Consorcio, como una muestra de nuestro compromiso con nuestros clientes y a brindarles información actualizada. No dude en visitarnos para obtener más información sobre nuestros servicios y pregúntenos cómo podemos ayudarle a alcanzar sus objetivos.